sábado, 5 de septiembre de 2015

GENERALIDADES DEL CAPÍTULO IV TÍTULO I




OBJETIVO GENERAL


Conocer amplia mente este título del cual hace parte al capítulo IV del código ético del contador público, cabe resaltar que en todo el código ético se mencionan las diferentes situaciones a las que el contador está enfrentado en su profesión. En este documento nos enfocaremos en los valores y actitudes que todo contador debe poseer claro está todo influye desde una crianza, pero aquí se profundizan y se resaltan como lo esencial de un Contador Público para que ejerza correcta y transparente mente sus funciones.


OBJETIVO ESPECÍFICOS


  1. Resaltar datos importantes en los que influyen estos valores éticos en la vida del Contador público, tanto profesionalmente como personalmente.
  2. Facilitar al lector una mejor comprensión y ampliar el conocimiento específicamente de este capítulo del código ético del contador público.



EMPEZAREMOS CON UNA DEFINICIÓN ACERCA DE ESTE CAPÍTULO- TÍTULO I




CÓDIGO DE ÉTICA PROFESIONAL

Este capítulo trata de los comportamientos y actitudes que un Contador Público  debe tener para llevar a cabo sus labores con éxito, pues como sabemos en su poder se encuentra el crecimiento de la entidad ya sea comercial o financiera. Por consiguiente y por todo lo que implica esta profesión debe tener conocimiento de su código ético. En esta parte del capítulo IV encontraremos los principios básicos de ética profesional.





PRINCIPIOS BÁSICOS DE ÉTICA PROFESIONAL


  • INTEGRIDAD: Este valor debe caracterizar al Contador público, pues, en todo su campo empresarial se medirá su Integridad en sus labores diarias, demostrando su transparencia, honestidad, dignidad y sinceridad, en cualquier circunstancia. A continuación un vídeo explicando este valor.




  • OBJETIVIDAD
Representa ante todo imparcialidad y actuación sin perjuicios en todos los asuntos que corresponden al campo de acción profesional del Contador Público. Lo anterior es especialmente importante cuando se trata de certificar, dictaminar u opinar sobre los estados financieros de cualquier entidad.

  • INDEPENDENCIA

En el ejercicio profesional, el Contador Público deberá tener y demostrar absoluta independencia mental y de criterio con respecto a cualquier interés que pudiere considerarse incompatible con los principios de integridad y objetividad, con respecto a los cuales la independencia, por las características peculiares de la profesión contable, debe considerarse esencial y concomitante.
  • RESPONSABILIDAD

Como valor indispensable se califica la responsabilidad  puesto que de este deber depende la buena calificación por parte de trabajadores y supervisores de los contadores públicos. Se enfatiza en el orden de ideas para desempeñar bien su labor, pues, de ahí se desprende su grado de madurez y cumplimiento con su deber.


  • CONFIDENCIALIDAD:
Es un valor que debe caracteriza al Contador, pues debe manejar estrictamente discreción, lealtad y una estricta reserva profesional por toda la información financiera que tiene en su poder.


  • OBSERVANCIA DE LAS DISPOSICIONES NORMATIVAS
Deberá observar las recomendaciones recibidas de sus clientes o de los funcionarios competentes del ente que requiere sus servicios, siempre que éstos sean compatibles con los principios de integridad, objetividad e independencia, así como con los demás principios y normas de ética y reglas formales de conducta y actuación aplicables en las circunstancias.






  • COMPETENCIA Y ACTUACIÓN PROFESIONAL:

  • El Contador Público sólo deberá contratar trabajos para lo cual él o sus asociados o colaboradores cuenten con las capacidades e idoneidad necesaria para que los servicios comprometidos se realicen forma eficaz y satisfactoria.

    • DIFUSIÓN Y COLABORACIÓN
    El Contador Público tiene la obligación de contribuir, de acuerdo con sus posibilidades personales, al desarrollo, superación. y dignificación de la profesión, tanto a nivel institucional como en cualquier otro campo que, como los de la difusión o de la docencia, le sean asequible.


    • RESPETO ENTRE COLEGAS
    El Contador Público debe tener siempre presente que la sinceridad la buena fe y la lealtad para con sus colegas son condiciones básicas para el ejercicio libre y honesto de la profesión y para convivencia pacífica, amistosa y cordial de sus miembros.


    • CONDUCTA ÉTICA
    El Contador Público deberá abstenerse de realizar cualquier acto que pueda afectar negativamente la buena reputación o repercutir en alguna forma en descrédito de la profesión, tomando en cuenta que, por la función social que implica el ejercicio de su profesión, está obligado a sujetar su conducta pública y privada a los más elevados preceptos de la moral universal.












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    CÓDIGO ÉTICO DEL CONTADOR SEGÚN LEY 43 DE 1990